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El sorteo denominado “SKIP THE WEDDING” (en adelante el “Sorteo”) por parte de COLUMBUS TRAVEL GROUP, S.L., con domicilio social en calle Roger de Lauria 28, puerta 4, 46002, Valencia, España, con N.I.F. B – 04938395 (en adelante, el “Organizador” u “HONIMUNN”, indistintamente) con la finalidad de hacer crecer el número de usuarios y dar a conocer la marca a través de redes sociales
Las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”) rigen el funcionamiento del Sorteo, en el que podrán participar todos aquellos usuarios seguidores de la cuenta de Instagram de HONIMUNN siempre que cumplan con los requisitos así como el resto de condiciones establecidas en las presentes Bases.
El período de participación en el Sorteo comenzará el 30 de septiembre de 2024 y finalizará el 13 de octubre de 20204 a las 20:00 GMT+1 del mismo día. A partir de esta hora, no se podrá participar y se realizará el Sorteo de acuerdo conforme a lo dispuesto en las presentes Bases.
Una vez elegido el premiado, se contactará con él de forma individual entre los días 13 y 16 de Octubre a través de la red social Instagram, poniéndose en contacto el Organizador a través de mensaje directo desde su cuenta oficial.
El Organizador se reserva el derecho a suspender, aplazar, cancelar o modificar la duración del Sorteo en cualquier momento anterior a su finalización, por causas justificadas que serán publicadas por cualquier canal de comunicación a través de los cual se articule el Sorteo.
El Sorteo será de ámbito nacional. Podrán participar en el mismo de forma gratuita (exceptuando los costes derivados de la conexión a Internet, además de cualesquiera otros costes asociados) todos los residentes en territorio español (incluyendo islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla) que cumplan los requisitos establecidos en estas Bases. Se informa expresamente que este Sorteo se dirige únicamente a las personas residentes en el territorio indicado anteriormente.
Para participar en el Sorteo, es indispensable cumplir con los siguientes requisitos:
No podrán participar en el Sorteo los empleados del Organizador o sus empresas participadas, ni familiares de éstos hasta el segundo grado de consanguinidad, las agencias de publicidad y/o cualquier empresa interviniente en la promoción, los proveedores que puedan estar relacionados con el Sorteo, así como cualquier persona que de forma directa o indirecta pueda estar relacionada con el organizador o implicada en la realización del presente Sorteo.
No podrán participar en el Sorteo las personas que no cumplan todos y cada uno de los requisitos anteriores. Si resultase premiada alguna persona que no reúna los requisitos detallados en esta cláusula, quedará excluida del Sorteo y perderá su derecho a obtener el Premio.
El Organizador se reserva el derecho de no admitir o de expulsar como participante en el Sorteo a todo usuario que previamente haya desarrollado un comportamiento conflictivo, haya impedido o dificultado con sus palabras o actos el buen desarrollo del Sorteo y/o que, en todo caso, lleve a cabo acciones que puedan ser consideradas abusivas, contrarias al principio general de buena fe y/o a los principios de independencia, imparcialidad y/u objetividad del resultado del Sorteo. A título enunciativo, pero no limitativo, en ningún caso se podrán utilizar cuentas falsas o bots para aumentar el número de comentarios que den derecho a participar en el Sorteo
La participación en el Sorteo supone la aceptación de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes Bases y de la correspondiente declaración de premiados una vez comunicada en el marco del Sorteo.
En el caso de utilizarse la red social de Instagram para comunicar o administrar el Sorteo, el Organizador será el responsable de garantizar el funcionamiento lícito del mismo. Lo que incluye, respetar las reglas oficiales; las condiciones de la oferta y los requisitos de idoneidad y el cumplimiento de las normativas que afecten al Sorteo y a los premios que se ofrezcan en él. No se podrá etiquetar contenido de forma errónea ni alentar a los usuarios a que lo hagan.
Además, el Sorteo publicado en Instagram debe incluir una exoneración completa de Instagram de toda responsabilidad por parte de cada concursante o participante y un reconocimiento de que el Sorteo no está patrocinado, avalado ni administrado por Instagram ni asociado en modo alguno a la plataforma. De esta forma, se deja constancia expresa de que Instagram está desvinculada de la presente acción.
Con la participación en este Sorteo, los participantes están aceptando los términos y condiciones de la red social Instagram. El Organizador no será responsable de su política de privacidad, así como de sus términos y condiciones de registro, protección de datos personales y propiedad intelectual. Se recomienda a los usuarios de Instagram antes de facilitar ningún dato en Instagram, que lean con detenimiento sus términos y condiciones.
El Organizador deberá incluir en el anuncio del Sorteo el siguiente enlace, https://help.instagram.com/179379842258600/?helpref=uf_share, que dirigirá al participante a la página web de los términos y condiciones de la plataforma Instagram.
Los usuarios de Instagram serán responsables de sus propios comentarios y/o publicaciones, exonerando al Organizador de cualquier responsabilidad derivada de los contenidos aportados por dichos usuarios.
Todo usuario que desee participar en el Sorteo debe seguir el siguiente procedimiento:
El Sorteo se realizará a través de un post en la cuenta oficial de Instagram de HONIMUNN que se publicará el 30 de septiembre de 2024 (en adelante, el “Post”) en el cual se informará, de acuerdo con las presentes Bases, del premio del Sorteo, así como un resumen de las mismas. En ningún caso se entenderá que el resumen del Post es sustitutivo de las presentes Bases.
De esta manera, cualquier usuario que cumpla los requisitos establecidos en las presentes Bases y desee participar en el Sorteo, deberá publicar un comentario en el Post, mencionando, como mínimo, a otra cuenta más.
Publicado el comentario correctamente, se generará una participación en favor del usuario titular de la cuenta con la que se ha realizado el comentario. En este sentido, si bien el usuario podrá comentar cuantas veces quiera, únicamente generará un derecho de participación un comentario de los comentarios publicados. en favor de la cuenta desde la cual se ha publicado el comentario, siempre que el mismo, cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Bases..
El usuario que cumpla con los requisitos y desee participar en el Sorteo, podrá realizarlo conforme a lo descrito anteriormente hasta el 13 de octubre de 2024 entre las 20:00 y 20:30. Cualquier comentario que se publique con posterioridad a la fecha y hora mencionada no será contabilizado como participación.
Sin perjuicio de que no se establecen otras limitaciones a la participación de los usuarios además de las contempladas en las presentes Bases, en caso de que el Organizador detecte o tenga indicios suficientes, con independencia de la vía o medios técnicos utilizados para ello, que una persona ha participado en el Sorteo suplantando la identidad de otra, como si fueran diferentes usuarios, o incumpliendo cualquier otro extremo de las presentes Bases, automáticamente procederá a la eliminación y descalificación de dicho usuario infractor.
El Organizador se reserva el derecho a no admitir o a expulsar como participante en el Sorteo a todo usuario que previamente haya desarrollado un comportamiento conflictivo, haya impedido o dificultado con sus palabras o actos el buen desarrollo del Sorteo o la presencia del Organizador o del resto de participantes en las redes sociales o en cualquier sitio web y/o que en todo caso lleve a cabo acciones que puedan ser consideradas abusivas, contrarias a la buena fe y los principios de independencia, imparcialidad y/u objetividad del resultado del Sorteo.
El día 13 de octubre de 2024 a partir de las 20:00 GMT+1, el Organizador realizará el Sorteo a través de la aplicación web: www.easypromosapp.com de manera que el usuario que dicha aplicación publique, será el usuario premiado (en adelante, el” Usuario Premiado”). Además, se designarán tres premiados reserva, que serán elegidos por la misma aplicación para sustituir al Usuario Premiado en caso de que su participación no cumpla con las presentes Bases. De este modo, en caso de que el primero no cumpliera los requisitos, el Organizador se pondrá en contacto con el primer premiado en reserva y así sucesivamente. En caso de que ninguno cumpliera los requisitos, el Premio quedaría desierto.
Una vez realizado el Sorteo, el Organizador comprobará el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases por parte del Usuario Premiado y los suplentes, poniéndose en contacto con los mismos a través de Instagram para comunicarles si finalmente han resultado premiados. En caso de no ser premiado, el Organizador comunicará la razón sobre la decisión, y, en caso de desacuerdo, el usuario correspondiente podrá comunicarse con el Organizador a través de un mensaje directo a la cuenta oficial indicada anteriormente.
Los usuarios reconocen que no serán considerados como premiados hasta que el Organizador no les comunique que han sido resultados como tales.
El Organizador no será responsable en caso de que alguno de los datos personales facilitados por el Usuario Premiado o los usuarios premiados suplentes, resulte falso o, siendo un dato necesario para su identificación y/o para la entrega del premio, resultase incorrecto y, por tanto, no pudiese llevarse a cabo dicha entrega o identificación.
Asimismo, el Organizador no será responsable en caso de cualquier fallo o error en el Sorteo como causa directa o indirecta de la aplicación web utilizada para la realización del mismo.
El Sorteo tendrá como premio un viaje a Japón para dos (2) personas valorado en un presupuesto máximo total de CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS (4.500.-€) (en adelante, el “Premio”).
El Usuario Premiado decidirá la persona que considere para disfrutar el Premio, pudiendo ser distinta a la persona titular de la cuenta incluida en su comentario. No obstante, el Usuario Premiado reconoce que cualquier cambio en la persona designada estará sujeto a aprobación previa por parte del Organizador, pudiendo negar dicho cambio sin necesidad de justificación alguna.
El Usuario Premiado tendrá un plazo de 7 días laborables desde que el Organizador se ponga en contacto, para aceptar el Premio. En caso de que no conteste, el Organizador se reserva el derecho a contactar con el primer usuario ganador suplente o, en su caso, no conceder el Premio a nadie.
El Premio únicamente podrá disfrutarse en temporada baja, es decir, entre los meses enero y febrero o junio y septiembre y, en ningún caso, podrá canjearse por metálico.
El Premio incluirá, para dos personas como máximo:
Cualquier gasto adicional que no se encuentre expresamente incluido anteriormente deberá abonarse por el usuario premiado. A título enunciativo, pero no limitativo, el Premio no incluirá los gastos de visados, selección de asientos, visitas en destino, tasa turística en japón, seguro de anulación, gastos personales….
Queda prohibido la comercialización o venta del Premio. En caso de detectarse acciones destinadas a la reventa del Premio (sea directa o indirecta bajo la apariencia de venta o donación), el Organizador cancelará de inmediato el Premio, quedando el mismo desierto y reservándose el ejercicio de las medidas extrajudiciales y judiciales procedentes.
El Usuario Premiado deberá coordinar las fechas, así como demás cuestiones relacionadas con el Premio con el Organizador. En este sentido, el Usuario Premiado reconoce que el Premio estará sujeto a la disponibilidad de cada uno de los proveedores de los servicios que sean necesarios para la materialización del mismo, reconociendo que dicha disponibilidad es ajena al control del Organizador y, por tanto, en ningún caso será este último responsable de la misma.
Asimismo, el Usuario Premiado reconoce que en ningún caso será responsable el Organizador de cualquier problema, conflicto o controversia que pudiere haber con alguno de los proveedores de los servicios necesarios para la materialización del Premio.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, todos los premios se encuentran sujetos a retención o ingreso a cuenta, de un 19% sobre el valor publicado del Premio (4500.-€), que será practicada por el Organizador.
De acuerdo con lo anterior, el Premio constituye una ganancia patrimonial no derivada de transmisión, sujeta a tributación en IRPF, por la cual el Organizador realiza el correspondiente ingreso a cuenta en la A.E.A.T., siendo el resto de la tributación responsabilidad del Usuario Premiado.
Los datos personales que los usuarios participantes faciliten para participar en el Sorteo a través del procedimiento descrito en las presentes Bases serán tratados por el Organizador en calidad de responsable del tratamiento, con la finalidad de permitir su inscripción y participación en el Sorteo y gestionar la entrega del Premio en caso de resultar ganador. Los datos personales que el Organizador tratará en el marco del Sorteo son: nombre, apellidos, nombre de la cuenta de usuario de Instagram y correo electrónico, todos ellos necesarios para participar en el mismo.
La base de legitimación del tratamiento de sus datos con las finalidades indicadas anteriormente será la ejecución de la relación contractual establecida al aceptar las presentes Bases.
Los datos no serán comunicados a terceros, salvo por obligación legal y serán conservados por el período por el que se desarrolle el Sorteo, así como bloqueados por el plazo de prescripción de las acciones que se puedan derivar de su participación en él. Sin perjuicio de lo anterior, los datos del Usuario Premiado podrán ser publicados en: [las redes sociales de Honimunn, web y newsletters.]
Los participantes podrán ejercitar frente al Organizador sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, enviando un escrito a [email protected]. Asimismo, puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que el Organizador ha vulnerado sus derechos.
El Organizador, así como cualquiera de las entidades relacionadas con este Sorteo, no se responsabilizan de las posibles pérdidas, deterioros, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a Internet que pudieran afectar a la participación en el presente Sorteo.
Asimismo, el Organizador no garantiza la disponibilidad, continuidad ni infalibilidad del funcionamiento de las plataformas de Internet utilizadas para desarrollar el Sorteo y, en consecuencia excluye, en la máxima medida permitida por la legislación vigente, cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta de disponibilidad, continuidad o mal funcionamiento de dichas plataformas, que pudiera afectar o impedir la participación en el presente Sorteo y/o su normal desarrollo.
En caso de que la falta de disponibilidad de las plataformas en las que se desarrolla el Sorteo afecte a más de un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del tiempo expresamente previsto para el desarrollo del mismo, el Organizador se reserva el derecho a cancelar y/o repetir el Sorteo, pudiendo en tal caso anular todas las participaciones hasta ese momento, que no serían conservadas para el siguiente Sorteo.
En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo del Sorteo y, en particular, que haga imposible la determinación de los premiados, el Organizador pondrá fin al Sorteo sin que los usuarios tengan derecho a percibir indemnización alguna por este motivo.
El Organizador no será responsable de las opiniones, interpretaciones y conclusiones, contenidos, comentarios e imágenes generados, expresados o compartidos, actos u omisiones de los usuarios o de terceros en perjuicio de ley o de derechos o intereses ajenos, siendo éstos los responsables a quienes acudir en caso de cualquier controversia que pudiera suscitarse.
El Organizador, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños, ya sean físicos o de cualquier otra índole, que puedan sufrir los premiados del Sorteo por cualquier acción u omisión no imputable a aquéllos durante el disfrute del Premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.
El Organizador podrá exigir a uno, varios o todos los premiados, si lo estiman conveniente, la firma de una declaración de exención de responsabilidad de la organización, a entregar dentro del plazo establecido por ésta, como condición previa a la entrega del Premio.
Aun cuando el Organizador se compromete a cumplir con la diligencia debida sus obligaciones, recogidas en las presentes Bases, no será responsable: del mal uso de las plataformas de Internet por parte de los usuarios participantes; de los errores en los contenidos y datos aportados por éstos o en los intentos fallidos de acceso a dichas plataformas relacionadas con el Sorteo, o a su información; de errores o fallos técnicos que puedan ocurrir al procesar las participaciones, ni de los daños o perjuicios que pudiese sufrir el Usuario Premiado con motivo de la participación en el presente Sorteo o del disfrute del Premio, sino únicamente en cuanto a su responsabilidad en relación con sus propios productos y servicios frente a consumidores y usuarios.
En todo caso, si se detectase que alguno de los premiados ha incurrido en fraude o deshonestidad, el Organizador se reserva el derecho a excluir o no entregarle el Premio. Además, el Organizador se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier usuario participante del que se sospeche una actuación irregular, sin necesidad de notificación alguna al mismo. El Organizador pretende que todos los usuarios participen en igualdad de condiciones y con estricto respeto a las leyes, la moral, el orden público, o las normas sociales generalmente aceptadas.
La mera participación en el Sorteo implica que el usuario participante ha leído y aceptado la presente cláusula de exención de responsabilidad y las Bases que rigen el Sorteo.
En todo caso, el Organizador se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones del presente Sorteo, sin perjuicio de que se realizará el correspondiente anuncio a través de los medios empleados para la celebración del mismo, sin que por ello asuman responsabilidad alguna por esta modificación, o por una causa de fuerza mayor o circunstancias fuera del su control, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas Bases y las condiciones de participación.
Del mismo modo, y siempre que exista una causa justificada y debidamente motivada, el Organizador se reserva el derecho a cancelar la celebración del Sorteo. En tal caso, el Organizador no se compromete a la asignación del Premio.
En caso de que el plazo de celebración del Sorteo sí hubiera finalizado, siendo la cancelación posterior a éste, el Organizador se compromete al reparto del Premio conforme a las condiciones establecidas. No obstante, lo anterior no será aplicable cuando la cancelación del Sorteo se deba a causa de fuerza mayor o circunstancias fuera del control del Organizador, no quedando obligado el Organizador en tal caso a adjudicar el Premio. En particular, el Organizador no quedará obligado a entregar el Premio establecido en el caso de cancelación, total o parcial, del Sorteo.
El Organizador se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin del Sorteo cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarlo a término en la forma en que recogen las presentes Bases. El Organizador se reserva el derecho a aplazar o ampliar el período de participación del Sorteo.
El Organizador se reserva el derecho a cancelar, suspender y/o modificar este Sorteo, a cambiar o variar cualquier condición o requisito del mismo y/o de las presentes Bases, así como a sustituir el Premio o cualquier parte del mismo por un premio diferente del mismo valor. En todos los casos citados se informaría previamente a los usuarios a través de los medios empleados para la celebración del Sorteo.
Todas las cláusulas o extremos de las presentes Bases deben ser interpretados de forma independiente y autónoma, no viéndose afectadas el resto de las cláusulas en caso de que una de ellas sea declarada nula por sentencia judicial firme.
El Organizador sustituirá la cláusula o cláusulas afectadas por otra u otras que tengan los efectos correspondientes a los fines perseguidos por las partes en las presentes Bases.
La normativa vigente determinará las leyes que deban regir y la jurisdicción que deba conocer de las relaciones entre el Organizador y los participantes del Sorteo. Ello, no obstante, en aquellos casos en los que dicha normativa vigente prevea la posibilidad para las partes de someterse a un fuero determinado, el Organizador y los usuarios participantes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la legislación española y a los Juzgados y Tribunales de Valencia.
Se informa a los usuarios participantes que el simple hecho de tomar parte en el Sorteo implica la total aceptación de las presentes Bases. La manifestación en contrario por parte del participante implicará la exclusión de éste del Sorteo y el Organizador quedará liberado del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.
En, Madrid a 30 de septiembre de 2024
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